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Villafibra informa de que se suspenden las operaciones de portabilidad que no estén en curso durante el Estado de Alarma

Según el artículo 20 del Real Decreto ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado, se recoge que “mientras esté en vigor el estado de alarma, no se realizarán campañas comerciales extraordinarias de contratación de servicios de comunicaciones electrónicas que requieran portabilidad de numeración”.

Añade, más adelante, que “mientras esté en vigor el estado de alarma, se suspenderán todas las operaciones de portabilidad de numeración fija y móvil que no estén en curso, excepto los casos excepcionales de fuerza mayor”.

En relación con este último párrafo, se consideran en curso aquellas portabilidades firmadas por el solicitante con anterioridad a la entrada en vigor, el 18 de marzo, del Real Decreto Ley y respecto a los casos de fuerza mayor, Villafibra se encuentra trabajando en cooperación con las instituciones y demás operadores para intentar delimitar los supuestos concretos que podrían quedar incluidos en este concepto jurídico para evitar cualquier aplicación inadecuada